Clasificación en tercer grado
¿Quiere progresar a tercer grado? Te explicamos cómo conseguirlo
El tercer grado (régimen abierto) permite trabajar o residir fuera del centro bajo control. Es uno de los pasos que más cambia el día a día del interno y de su familia.
¿Qué podemos hacer hoy?
- Analizar si cumple los requisitos objetivos y de tratamiento para la progresión.
- Preparar la propuesta o solicitud ante la Junta de Tratamiento.
- Recurrir ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria si la propuesta se deniega o no se eleva.
- Reforzar el expediente con informes de arraigo social, familiar y laboral.
Marco legal
La clasificación en grados se regula en el artículo 36 del Código Penal y el artículo 72 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, desarrollados en el Reglamento Penitenciario.
- El tercer grado supone régimen abierto: permite salir del centro para trabajar, formarse o mantener vínculos familiares.
- Se valoran la evolución del tratamiento, la conducta, el historial disciplinario y el pronóstico de reinserción social.
- Si la condena incluye responsabilidad civil, el art. 72.5 y 72.6 LOGP exige haberla satisfecho (o justificar la imposibilidad de pago) para poder progresar a tercer grado.
- La propuesta corresponde a la Junta de Tratamiento, revisada por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias; la resolución puede recurrirse ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
- No debe confundirse con la libertad condicional (cuarto grado), que es la fase siguiente.
Información general y no exhaustiva. Cada expediente se valora de forma individual; escríbenos para revisar el tuyo.
Fuentes: LO 1/1979 General Penitenciaria (BOE) · RD 190/1996 Reglamento Penitenciario (BOE)
Preguntas frecuentes
¿Cuándo puedo pedir el tercer grado?+
Depende del tiempo cumplido, la conducta y el pronóstico de reinserción. Lo valoramos caso a caso al revisar el expediente.
¿Qué pasa si me lo deniegan?+
Cabe recurso ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria competente dentro de plazo.
¿El tercer grado es lo mismo que la libertad condicional?+
No. El tercer grado es régimen abierto; la libertad condicional es el cuarto grado y llega después.
¿Quiere iniciar o recurrir una progresión de grado? Hablemos ahora
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